Informes al Concejo de Bogotá
En esta sección encuentras los informes sobre el endeudamiento distrital que periódicamente se presentan al Concejo de Bogotá.
Decreto 714 de 1996 - artículo 73.°, sobre control del endeudamiento.
La Secretaría de Hacienda ejercerá el control y seguimiento del endeudamiento y del servicio de la deuda pública del Distrito Capital y de sus entidades descentralizadas. El Gobierno reglamentará la materia.
La Secretaría de Hacienda enviará un informe trimestral sobre el estado de endeudamiento del Distrito al Concejo de Bogotá (Acuerdo 24 de 1995, art. 64.°).
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Fecha de publicación: 29/06/2022
Fecha de última actualización: 05/10/2022