Educación tributaria
La Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá desarrolla de manera permanente actividades de divulgación y sensibilización sobre los tributos que administra la Secretaría Distrital de Hacienda, con el propósito de concienciar a los contribuyentes, mejorar su comportamiento tributario y fortalecer las competencias y cultura tributaria de la ciudadanía bogotana, de los funcionarios de las entidades distritales, de gremios empresariales y, en general, de las comunidades académicas de colegios y universidades.
A través de sus líneas estratégicas de acción la Entidad desarrolla actividades que permiten orientar sobre impuestos distritales, dar a conocer el uso de las herramientas para acceder a la información y al pago de las obligaciones, facilitando el acceso a los servicios, para fortalecer la cultura de la contribución y la importancia del recaudo oportuno para la ciudad.
Recuerda que, los servicios de la Secretaría Distrital de Hacienda son gratuitos. No necesitas intermediarios para gestionar tus trámites.
Conoce más información sobre las actividades y estrategias con la ciudadanía en el Distrito Capital.
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Semilleros de formación tributaria
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Sensibilización tributaria en universidades
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Jornadas virtuales
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Para la atención a través de los diferentes canales de la Secretaría Distrital de Hacienda, ten en cuenta lo siguiente:
- Los trámites y servicios de la Entidad son GRATUITOS y no requieren intermediarios.
- Los trámites y servicios de carácter tributario tienen reserva, por lo que, para realizarlos, debes demostrar tu calidad de propietario o autorizado y adjuntar copia digital del documento de identidad; además, debes exponer de forma clara tu necesidad, identificando el impuesto y objeto sobre el cual realizas la solicitud (CHIP, placa, número de documento, licencia urbanística, formato diligenciado inscripción RIT).
Los agentes autorizados no son responsables en Bogotá del cumplimiento de las obligaciones tributarias. El propietario o el poseedor son los obligados a hacerlo.
Para pagar como autorizado, primero se debe realizar el trámite de creación de agente autorizado en un punto de atención de la red SuperCADE, radicando el poder o la autorización del contribuyente.
Fecha de publicación: 28/03/2022
Fecha de última actualización: 28/08/2024
Los agentes autorizados no son responsables en Bogotá del cumplimiento de las obligaciones tributarias. El propietario o el poseedor son los obligados a hacerlo.
Para pagar como autorizado, primero se debe realizar el trámite de creación de agente autorizado en un punto de atención de la red SuperCADE, radicando el poder o la autorización del contribuyente.
Fecha de publicación: 28/03/2022
Fecha de última actualización: 28/08/2024
Si aún no estás registrado en la Oficina Virtual, debes hacer el proceso con tu correo electrónico y una contraseña. Ingresa por ‘Regístrate en la Oficina Virtual’ y diligencia la información que solicita el sistema.
Si te aparece un mensaje de usuario no encontrado debes gestionar la inscripción en el RIT a través del siguiente enlace https://appsweb.shd.gov.co/limesurvey/index.php/627146?lang=es, así el sistema tendrá la información del contribuyente y permitirá realizar el proceso de creación del usuario en la Oficina Virtual.
Fecha de publicación: 08/03/2022
Fecha de última actualización: 28/08/2024
Si el predio no tiene avalúo catastral, pero a primero de enero tiene asignada una matrícula inmobiliaria independiente y está registrado en la Oficina de Registro e instrumentos Públicos, significa que sí se causa una obligación tributaria sobre el nuevo predio, como consecuencia, se debe pagar el impuesto. La base para liquidarlo será presuntiva, que depende de las características del predio.
Consulta el instructivo.
Fecha de publicación: 01/09/2022
Fecha de última actualización: 27/08/2024
Anualmente, las fiduciarias reportan la información exógena a la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo tanto, quien haga parte de ese patrimonio autónomo ya puede realizar el proceso de registro en la oficina virtual. Si el predio no está registrado, es necesario acercarse al SuperCADE CAD con la resolución de constitución del patrimonio autónomo, donde aparezca el nombre del contribuyente, y solicitar que se haga el trámite de sujeción pasiva.
Fecha de publicación: 06/04/2022
Fecha de última actualización: 27/08/2024
Para verificar si la Administración Tributaria emitió factura del impuesto Predial Unificado o del impuesto de Vehículos para una vigencia determinada, deberás estar registrado en la Oficina Virtual. Si aún no estás registrado, realiza el proceso por la opción 'Regístrate en la Oficina Virtual'. Cuando inicies sesión en la Oficina Virtual, deberás ingresar por la opción ‘Contribuyente’ y en la parte superior por ‘Facturación’, luego, selecciona el impuesto y el año para obtener la información.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 27/08/2024
Para verificar si la Administración Tributaria emitió factura del impuesto Predial Unificado o del impuesto de Vehículos para una vigencia determinada, deberás estar registrado en la Oficina Virtual. Si aún no estás registrado, realiza el proceso por la opción 'Regístrate en la Oficina Virtual'. Cuando inicies sesión en la Oficina Virtual, deberás ingresar por la opción ‘Contribuyente’ y en la parte superior por ‘Facturación’, luego, selecciona el impuesto y el año para obtener la información.
Fecha de publicación: 19/09/2022
Fecha de última actualización: 27/08/2024
Para solicitar la revisión de avalúo es necesario realizar la petición ante la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD).
Fecha de publicación: 04/09/2020
Fecha de última actualización: 26/08/2024
Ingresa por la Oficina Virtual, con el usuario y contraseña, luego, por ‘Contribuyente’ accede a ‘Consultas’ y ‘Obligaciones pendientes’. Allí puedes consultar el estado de las obligaciones, descargar el recibo oficial de pago y pagar en línea a través de las entidades o corresponsales autorizados. Si requieres mayor información, consulta en la página de ayudas el instructivo para el pago de Predial años anteriores.
Fecha de publicación: 28/03/2022
Fecha de última actualización: 26/08/2024
Ingresa a la Oficina virtual y en la parte inferior de la pantalla escoge la opción 'Olvidé mi correo electrónico'. Allí, el sistema permitirá colocar el número de documento para seleccionar la opción 'Recuperar correo electrónico' y mostrará el correo registrado, para que accedas con el usuario (correo electrónico) y la contraseña.
Si necesitas cambiar el correo, ingresa a la Oficina Virtual con el correo que te muestra el sistema y en la sección MI RIT realiza el cambio.
Si olvidaste la contraseña, tienes la opción de recuperarla. En ese caso, ingresa a la Oficina Virtual y en la parte inferior selecciona 'Olvidé mi contraseña'.
Fecha de publicación: 31/08/2020
Fecha de última actualización: 21/08/2024
Acto Oficial
Acto Oficial es un documento que contiene una decisión de la Administración Tributaria por medio del cual determina el monto de un impuesto a cargo de los contribuyentes, revisa, corrige o invalida una declaración tributaria o también el acto mediante el cual impone sanciones a los contribuyentes que infrinjan las normas tributarias. Se refiere a cierto y determinado tributo y periodo gravable y una vez ejecutoriado constituye título ejecutivo para exigir coactivamente el pago de las obligaciones insolutas a cargo de los sujetos pasivos contribuyentes. Contra los actos oficiales proceden los recursos definidos en las normas tributarias que en la mayoría de los casos es el de reconsideración pero en otros puede ser el de reposición o apelación.
Acuerdo del Concejo Distrital
Decisión tomada por la plenaria de la Corporación Administrativa de elección popular Distrital en la que se manifiesta una decisión sobre asuntos de su competencia (Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993) Tiene carácter normativo dentro de la jurisdicción del Distrito Capital.
Año gravable
Periodo de tiempo comprendido entre el primero de enero y el 31 de diciembre, respecto del cual se deben cumplir obligaciones tributarias por la ocurrencia de ciertos hechos generadores de tributos durante su vigencia. Se refiere al periodo respecto del cual se debe declarar y pagar un tributo.
Autoavalúo
Estimación que hace el propietario de un bien inmueble sobre el valor de éste para efecto de establecer la base gravable a partir de la cual liquidar el impuesto a cargo
Autoliquidación
Cálculo del impuesto a pagar que realiza el mismo contribuyente, ya sea a través de un formulario físico o por medio de los aplicativos informáticos a partir de información tomada de la fuente fidedigna o suministrada por el contribuyente aplicando los factores y/o tarifas definidos en las normas que regulan los tributos.
Autoliquidador
Aplicación informática que le permite al usuario calcular y liquidar el valor del impuesto a cargo, ya sea con la información existente en las bases de datos de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá (DIB) o con la que suministra el usuario.
Avalúo
Valor económico que se le asigna a un bien para fines específicos y en términos de una moneda determinada. El avalúo puede ser comercial, el que está determinado por el precio de mercado y se realiza con fines de compra o venta, y el avalúo fiscal, que corresponde a la valoración realizada con fines tributarios. Los avalúos más utilizados para asuntos tributarios son el avalúo catastral que es el que realiza la autoridad catastral respecto de los bienes inmuebles y que sirve para determinar la base gravable mínima del impuesto predial, el avalúo de los vehículos automotores que realiza el Ministerio de Transporte y que sirve para determinar la base gravable para liquidar el impuesto sobre vehículos automotores y el avalúo de bienes en los procesos de cobro coactivo antes de que los mismos sean rematados para saldar las deudas tributarias de los contribuyentes morosos.
Base gravable
Es el valor monetario del hecho o bien gravado, sobre el cual debe aplicarse la tarifa y así determinar el monto de la obligación tributaria.
Fecha de publicación: 08/01/2015
Fecha de última actualización: 10/10/2023